Agricultura avala la exclusividad de viñedo en Rioja

El Día
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El Ministerio ha publicado en el BOE este cambio y otros introducidos por la DOCa, que cuentan con el apoyo de La Rioja y Navarra y el voto en contra del Gobierno Vasco

Imagen de viñedos de Rioja. - Foto: Óscar Solorzano

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha dado publicidad este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a la solicitud de dos modificaciones del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja, informa Efe. Entre los cambios propuestos por la Denominación Rioja y a los que ha dado trámite el Ministerio está la exclusividad del viñedo, que impide a un productor tener inscritas sus viñas en Rioja y en otra Denominación a la vez.

La resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria (DGIA) indica que dichas solicitudes, aprobadas por el Consejo Regulador de esta denominación, se centra, en primer lugar, en la inclusión de unidades geográficas menores, en concreto, viñedos singulares.

En segundo lugar, en establecer que la producción de las viñas inscritas en el Registro de Viñas se destine exclusivamente a la elaboración de vino amparado.

En ambos casos, la DGIA califica las peticiones como "modificaciones normales" y el MAPA resuelve "continuar con el procedimiento de tramitación de la solicitud" de la DOCa Rioja.

Con relación a la segunda modificación, Agricultura expone que el Consejo Regulador de la DOCa Rioja también ha solicitado la modificación del artículo 26 de sus estatutos -"Registros de viñas y sus titulares"- incluyendo la exclusividad del uso de la uva.

En otro párrafo de dicho registro, el Consejo Regulador también ha incluido que, en caso de que un operador cause baja por no haber destinado su uva a la elaboración de vino amparado por la DOCa Rioja, aquel no podrá volver a inscribirse hasta que no transcurra una campaña vitícola completa desde su solicitud.

Ante los cambios propuestos, la DGIA -según la resolución del BOE- se reunió de forma telemática con las comunidades autónomas que integran la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada para que se manifestasen sobre éstos, que se tradujeron en un informe favorable de La Rioja y Navarra y el voto en contra del País Vasco.

El MAPA ha fijado un plazo de dos meses, contados a partir de mañana, 18 de noviembre, para que cualquier persona física o jurídica pueda oponerse a las citadas solicitudes de modificación presentando una declaración de oposición debidamente motivada a la DGIA.