Multa de 1.000 euros a un conductor ebrio de un patinete

El Día
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El sancionado, de 30 años, sufrió un accidente en Ribafrecha el 13 de junio conduciendo un VMP en estado de embriaguez

Cuerpos de la Guardia Civil en La Rioja, junto a una ambulancia. - Foto: El Día

Agentes del Sector de Tráfico de la Guardia Civil en La Rioja han denunciado y sancionado con 1.000 euros al conductor de un patinete que sufrió un accidente de circulación mientras se encontraba bajo los efectos del alcohol. 

El implicado es un varón de 30 años, de nacionalidad española y residente en un municipio riojano, ha detallado este martes la Guardia Civil en una nota recogida por Efe.

Sobre las 02.15 horas del pasado 13 de junio, agentes del equipo de Atestados se trasladaron a la calle Parras de la localidad riojana de Ribafrecha, a consecuencia de un siniestro por la caída en la calzada del conductor de un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), quién resultó herido.

Ante la imposibilidad de someter al accidentado a las pruebas de detección alcohólica por el método de aire espirado, por ser trasladado al hospital, y dado que presentaba una serie de síntomas de embriaguez, los agentes solicitaron al centro sanitario la realización de un analítica para su remisión al laboratorio de referencia de la Dirección General de Tráfico.

Este laboratorio ha confirmado que el conductor del VMP el día del accidente circulaba bajo los efectos de bebidas alcohólicas, con una tasa de alcohol en su organismo de 1,19 gramos por litro de sangre, lo que ha motivado la tramitación de la correspondiente denuncia que lleva aparejada un sanción económica de 1.000 euros.

Para conocimiento de los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), la Guardia Civil ha recordado que son objeto de denuncia comportamientos como el consumo de drogas y alcohol, de modo que son sancionados en la misma cuantía que si condujeran otro tipo de vehículo.

Respecto al uso del teléfono móvil, al tratarse de conductores de vehículos tienen prohibido utilizarlo y la sanción es de 200 euros.

También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido o serán multados con 200 euros.

Además, no pueden circular por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del Reglamento General de la Circulación prohíbe el tránsito de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 euros

Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas puede ser multado con 100 euros.

Por otro lado, se considerará conducción negligente y por tanto punible con 200 euros cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. 

En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.