La pakistaní acusada de secuestrar a su hija seguirá en España

El Día
-

La Audiencia Nacional rechaza extraditar a la mujer, afincada en Logroño, que fue denunciada junto a su marido por el secuestro de su hija en 2020, al considerar el tribunal que Pakistán no concreta los hechos que se le atribuyen

Dos agentes conducen a la mujer detenida a la Jefatura de Policía. - Foto: Policía Nacional

La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a Pakistán a una mujer afincada en Logroño que fue denunciada junto a su marido por el secuestro de su hija en 2020, al considerar el tribunal que en la documentación enviada por las autoridades del país asiático no se especifican los hechos concretos que se la atribuyen.

La sección tercera de lo Penal, en contra del criterio de la Fiscalía, ha denegado la entrega de esta mujer, a quien puso en libertad con medidas cautelares tras la vista celebrada la semana pasada, una decisión que en cierto modo anticipaba el sentido de su resolución, informa Efe.

Según el tribunal, en la documentación en la que Pakistán solicitaba la entrega hay "tal falta de relato de los hechos atribuibles" a la reclamada o que ésta "habría cometido" que "ello parece deberse a que se ignora, no ya en qué consistió la actuación o participación supuestamente delictiva de la reclamada, sino, incluso, qué es lo sucedido".

La mujer, de 51 años, fue detenida junto a su marido de 67, en octubre del año pasado en Logroño, al pesar sobre ellos una orden internacional para su extradición a Pakistán a raíz de una denuncia del marido de su hija.

Su yerno denunció ante las autoridades pakistaníes que se había casado con una chica, de nacionalidad española e hija de la reclamada, en abril de 2020, y que los miembros de la familia de ella no estaban de acuerdo con ese matrimonio y se la habían llevado por la fuerza y la habían secuestrado o matado.

Sin embargo, la Audiencia Nacional estima que las únicas resoluciones judiciales que se aportan por Pakistán, "al parecer dictadas en relación a un expediente policial", son una orden de arresto de septiembre de 2020, una posterior "reclamación que requiere la apariencia de persona reclamada" y otra orden de arresto de diciembre de ese año.

Y todas ellas, dice el tribunal, carecen "por completo de expresión alguna de los hechos atribuidos a la reclamada y del lugar y fecha en que habrían sido cometidos", de modo que al desconocer dichos hechos, no se puede comprobar si se cumplen los principios para proceder a su entrega.

Durante la vista de extradición, la reclamada negó todas las acusaciones que se dirigen contra ella en su país y solicitó al tribunal que rechazase su entrega porque en Pakistán, dijo, no tendría "ningún tipo de garantías".