Piden 268.000 euros por los daños de un bebé que cayó al suelo

R. Muro
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La niña presentó fractura craneal múltiple y traumatismo craneoencefálico severo y recibió el alta en diciembre de 2020. El Gobierno ofrece una indemnización inferior a 100.000 euros

Piden 268.000 euros por los daños de un bebé que cayó al suelo - Foto: Óscar Solorzano

El 10 de octubre de 2017 comenzó el calvario para una familia de Logroño cuando los padres llevaban a su pequeña recién nacida a su primera revisión pediátrica. En una de las salas del centro de salud de La Guindalera, una matrona cogía a la pequeña para iniciar la revisión cuando el bebé se precipitó contra el suelo. La pequeña, nacida siete días antes en perfecto estado de salud, fue trasladada al servicio de Urgencias del hospital San Pedro de Logroño tras una primera exploración en el propio centro de salud. Tras las pruebas de imagen practicadas en el hospital de Logroño, la paciente fue derivada al centro hospitalario de Cruces, donde permaneció siete días ingresada. 

El juicio clínico evidenció un traumatismo craneoencefálico severo, fractura craneal múltiple y hemorragia intracraneal. Tras el alta hospitalaria, la pequeña inició el 19 de octubre de 2017 las revisiones por parte ya de la unidad de pediatría del San Pedro y sesiones de fisioterapia y rehabilitación una vez a la semana durante los años 2018, 2019 y 2020, si bien éste último las diferentes citas se espaciaron debido a la pandemia. Así, el 17 de diciembre de 2020 la pequeña fue dada de alta «debido a la buena evolución de las lesiones sufridas», tal y como recoge el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de La Rioja. 

Una vez recibida el alta, los padres solicitaron una reclamación de responsabilidad patrimonial con una indemnización de 268.044 euros en base a cuatro conceptos. En primer lugar, por las diferentes lesiones ocasionadas a la recién nacida, la familia solicita 61.527 euros, cuantía en la que se integran 33.077 euros por los 1.067 días de duración de las lesiones, al margen de los días de hospitalización. Los padres reclaman también 1.436 euros por las gastos familiares durante su estancia en Cruces así como gastos de desplazamiento. El tercer apartado cuantifica el lucro cesante en 24.280 euros, basados fundamentalmente en que la madre dejó su trabajo para la atención de su hija. Y por último, en concepto de daños morales, la familia reclama a Salud 180.000 euros. 

El 3 de agosto de 2021 la Inspección Médica emitió un informe en el que se admite «una caída accidental y fortuita desde los brazos del personal sanitario» y tras la misma, «se realizó una actuación ajustada a la lex artis ad hoc». En este sentido, el Consejo Consultivo recuerda que la reclamación viene motivada por la caída, «siendo este el origen de la atención necesaria posterior»,  por lo que entiende la existencia de responsabilidad patrimonial y por tanto, la reclamación «debe ser estimada parcialmente» con una indemnización sugerida de 107.436 euros. Por su parte, Salud ha propuesto una indemnización inferior a 100.000 euros, decisión contra la que cabe recurso, fase ésta última en la que se encuentra el caso, 6 años después.

El Consejo Consultivo rebaja el pago a 107.000 euros ante la falta de pruebas en el cese laboral de la madre

El dictamen emitido este mes de marzo por el Consejo Consultivo, que interviene en casos de indemnizaciones superiores a 55.000 euros, determina la existencia «de responsabilidad patrimonial». De hecho, el dictamen califica los argumentos de la propuesta de resolución como «muy forzados y que en modo alguno podemos compartir, como que no se aprecie acción culposa». En cuanto a la indemnización, el órgano que preside José Ignacio Pérez, echa en falta que el expediente «no incluye pruebas para determinar la realidad de los gastos e indemnizaciones». Así, en cuanto a la reclamación por lucro cesante el texto entiende «como normal» el cese laboral de la madre, «pero no existe prueba alguna en el expediente del periodo de 2 años y 9 meses citado y si existió prestación por desempleo». También entiende el Consejo Consultivo de La Rioja que «no hace falta un esfuerzo especial para saber» que los hechos tuvieron «una repercusión psíquica» que cuantifica en 70.000 euros. A este concepto de daño moral suma otros 36.000 euros por los 1.162 transcurridos hasta recibir el alta y 1.436 euros en concepto de gastos. En total, 107.436, muy por debajo de los 268.000 reclamados por la familia.