Vía libre al indulto

Agencias-SPC
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El voto discrepante de dos magistradas del Supremo en la condena a Griñán abre la puerta a que el Gobierno avale la medida de gracia para el expresidente de Andalucía

Vía libre al indulto - Foto: Raúl Caro Cadenas

Con impaciencia esperaba la familia del expresidente andaluz José Antonio Griñán que se conociera el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ha confirmado su condena a seis años de cárcel por malversación y prevaricación en el caso de los ERE. Y es que su contenido es la vía de salvación que pueden utilizar sus allegados para argumentar el indulto que pedirán al Gobierno.

Y ese momento llegó el pasado miércoles en forma de 1.200 folios y dos votos discrepantes que podrían ser el salvavidas del político socialista. Su abogado, José María Calero, destaca especialmente los «indicios no concluyentes» de los hablan las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo en su voto particular y en los que se apoyará para presentar un incidente de nulidad.

En ese mismo argumento también podría sostener el Ejecutivo la vía libre a un indulto solicitado por Teresa Caravaca y Manuel Griñán, esposa e hijo del expresidente del PSOE, apelando a su «intachable trayectoria vital caracterizada por su lucha por la democracia y que a lo largo de 40 años dedicados al servicio público jamás ha obtenido remuneración alguna distinta de su sueldo de funcionario». 

Así las cosas, el caso de los ERE ha fragmentado en dos al Supremo, con una sentencia en la que tres jueces han votado a favor y dos en contra. División que da argumentos al condenado para evitar el ingreso en prisión a través del recurso de amparo y incidente de nulidad. Y, luego, el indulto.

Se puede decir que el voto particular que firman las juezas Ferrer y Polo no es una enmienda a la totalidad de la malversación que la sentencia acredita sin género de duda para Griñán, es en sí misma una sentencia que alcanza una conclusión antagónica. Todo ello partiendo de la misma carga probatoria. Dos visiones contrapuestas.

Fallo tajante

La sentencia es tajante y categórica en la construcción del relato contra el madrileño cuando dice que no hay duda de que conoció y permitió que se pagaran las ayudas sociolaborales a sabiendas del «absoluto descontrol» y de las «gravísimas ilegalidades» interviniendo en la dotación de fondos a través de «un sistema de presupuestación ilegal». 

La solidez que se presupone a esta argumentación la cuestionan las dos magistradas cuando sostienen que la condena al extitular de Sanidad y Trabajo se basa en «una mera especulación» sin «prueba seria y sólida» que no es sino un «sorprendente y significativo salto al vacío». Así, creen que los indicios con los que ha contado el tribunal «no son unívocos y concluyentes, sino que construyen una secuencia incriminatoria a través de inferencias demasiado ambiguas y abiertas, que generan márgenes de incertidumbre en los aspectos nucleares sobre los que se construye la autoría» de Griñán y otros cuatro condenados por malversación.

Los argumentos tan irreconciliables jurídicamente como la proyección política de la causa, ejemplificada en la petición de indulto de Griñán que se resolverá en año electoral, hacen que ese voto particular sea interpretado como algo más que una discrepancia jurídica, habituales en el devenir de la Justicia. Ya no es el fondo del asunto sobre la condena sino son las formas.

Ni siquiera el Gobierno oculta la trascendencia de ese voto particular cuando toque abordar la tramitación de la petición de indulto, presentada por la familia. «Hay que ver qué dice la sentencia», avanzó la ministra de Justicia, Pilar LLop, hace una semanas, para inmediatamente añadir:«Pero también vamos a ver qué dicen esos votos particulares de las magistradas».