Ayudas para reconvertir viñedo al cambio climático

El Día
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La convocatoria para beneficiarse de fondos para reestructurar o reconvertir viñas estará abierta hasta el 1 de marzo. Estas prácticas aumentan la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones

Imagen de un paisaje de viñas en La Rioja. - Foto: Gobierno de La Rioja

El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, mantiene abierta la convocatoria de las ayudas para la reestructuración o reconversión de viñedo de la intervención sectorial del sector vitícola español hasta el 1 de marzo para operaciones finalizadas en los ejercicios 2024 y 2025.

Las operaciones de reestructuración y reconversión de viñedos tienen como objetivo incrementar la competitividad de las explotaciones de viñedo, adaptar el cultivo del viñedo al cambio climático y hacerlo medioambientalmente más sostenible y se financian con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) con el que se apoya a mercados y sectores como el vino.

La superficie mínima será de 0,3 hectáreas y la máxima de 25 por viticultor o viticultora. Será obligatoria en todas las plantaciones utilizar portainjertos certificados.

Los tipos de ayudas a la reestructuración o reconversión que se apoyan son las reconversiones varietales, también mediante injertos, y en particular para mejorar la calidad o la sostenibilidad medioambiental, por razones de adaptación al cambio climático, o para la mejora de la diversidad genética. 

También se respalda la reubicación de viñedos; replantación cuando sea necesario tras el arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios, y las mejoras en las técnicas de gestión, en particular los sistemas avanzados de producción sostenible, incluyendo la reducción de fitosanitarios.

Se excluye de la ayuda la renovación normal de los viñedos, entendida como replantación en la misma parcela con la misma variedad de uva, de acuerdo con el mismo sistema de cultivo de cepas, cuando estas han llegado al final de su ciclo natural o su vida útil, así como la instalación del sistema de riego. Tampoco podrán recibir ayuda las superficies que se hayan beneficiado de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo en las últimas diez  campañas, salvo para una operación de mejora de técnicas de gestión o por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales que hayan afectado a la superficie, siempre y cuando no se utilice la misma variedad de uva de vinificación y el mismo sistema de cultivo de cepas que había. 

Asimismo, no son elegibles para solicitar la ayuda las superficies que fueron plantadas con una autorización de nueva plantación durante los primeros cinco años desde la fecha de plantación u operaciones de replantación que vayan a llevarse a cabo con una autorización de nueva plantación concedidas en virtud de los artículos 63 y 64 del Reglamento de la UE 1308/2013.

En aquellos casos en los que el viticultor no sea el propietario de la parcela que se quiere reestructurar o reconvertir, se necesitará la autorización expresa del propietario.

¿Cómo solicitarlas? Las solicitudes se deben presentar electrónicamente con la aplicación Programa de Reestructuración de Viñedo, a la que puede acceder en la web www.larioja.org/prvi. Se podrán presentar de forma individual o colectiva. En el caso de ser individual debe ponerse en contacto con la Sección de Programas de Ayuda de reestructuración para habilitarle en el sistema. Si es colectiva, debe ponerse en contacto con el representante correspondiente.

El periodo de desarrollo de las operaciones se iniciará el 1 de mayo de 2023 y terminará el 30 de junio de 2024 para operaciones anuales y el 30 de junio de 2025 para operaciones bienales. El plazo para presentar la solicitud de pago comenzará el 16 de octubre de 2023 y finalizará el 30 de junio de 2024.

 

Ecorregímenes: cubiertas vegetales en cultivos leñosos.

El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, ha organizado una jornada informativa sobre cubiertas vegetales en cultivos leñosos, en el marco de la implementación de los ecorregímenes en la reforma de la PAC 2023-2027, figura novedosa introducida para incentivar y remunerar las prácticas agrícolas y ganaderas voluntarias beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

Entre las prácticas previstas en los ecorregímenes, las cubiertas vegetales, ya sean vivas o inertes, están contempladas para los cultivos leñosos: viñedo, frutales, olivos y frutos secos.

Los ecorregímenes pueden realizarse en todo o en parte de la explotación. No es necesario tener derechos de cobro. Debe cumplirse la figura de agricultor activo. Sobre las dos posibles prácticas de cubiertas -vegetales o inertes-, por lo que respecta al ecorrégimen de cubierta vegetal se establecerá y/o mantendrá una cubierta vegetal espontánea o sembrada durante todo el año, viva o agostada, de forma que el suelo no permanezca desnudo en ningún momento del año. La cubierta vegetal debe permanecer viva durante un periodo de cuatro meses, definido en La Rioja del 1 de diciembre al 31 de marzo. El agricultor debe recoger la fecha de establecimiento de la cubierta en el Cuaderno de explotación electrónico, que no puede ser posterior en La Rioja al 1 de diciembre. 

El manejo de la cubierta será, de forma general, con medios mecánicos: segado o desbrozado, depositando los restos sobre la superficie a modo de mantillo. De forma excepcional cuando la orografía lo impida o dificulte, podrá hacerse exclusivamente con base en pastoreo. Las operaciones deben apuntarse en el cuaderno de explotación y la anotación deberá realizarse antes de 1 mes tras periodo de modificación de la solicitud única.

En el ecorrégimen de cubierta inerte se triturarán los restos de poda y se depositarán sobre el terreno, estableciendo una cubierta de restos inertes a modo de mantillo sobre el suelo, en una fecha no posterior al 1 de marzo y se anotará en el Cuaderno de Explotación electrónico en el mes siguiente a esa fecha. Sobre la cubierta inerte no se podrán realizar tratamientos fitosanitarios. Esta práctica no se podrá hacer cuando se identifiquen plagas que pueda propiciarse su propagación.

 

2.863 agricultores recibirán 2,5 millones por el encarecimiento de los fertilizantes

Un total de 2.863 titulares de explotaciones agrarias de La Rioja recibirán 2,53 millones de euros para una superficie total de 84.876 hectáreas en ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, dentro del contexto del Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, que habilita el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 

La ayuda se concede a las superficies de cultivos permanentes y tierras de cultivo (exceptuados barbechos y pastos temporales) que hayan sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) en la campaña 2022. 

Se concederán ayudas cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros, y hasta un máximo de 300 hectáreas por beneficiario, en las que se priorizará la superficie en regadío. Está previsto que los beneficiarios que cumplen con las condiciones y que no han presentado alegaciones puedan percibir estas ayudas antes de finales de abril, para que puedan contar con estos apoyos de cara al abonado de cobertera. Se ha establecido un importe unitario de 20,82 euros por hectárea de superficie de secano y 52,06 euros en superficie de regadío.

La relación de los titulares de explotaciones agrícolas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de hectáreas de secano y de regadío computadas y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Los interesados disponen hasta el 1 de marzo para realizar alegaciones, que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de la sede electrónica del FEGA.