El Supremo condena a 3 años a una psicóloga por estafa

Efe
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El alto tribunal ha impuesto la pena a la exdecana del Colegio Oficial de Psicólogos de La Rioja, María José Rubio Pérez, y a su entonces pareja por un delito continuado de estafa agravada con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada

Sede del Tribunal Supremo. - Foto: El Día

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a tres años de prisión a la exdecana del Colegio Oficial de Psicólogos de La Rioja, María José Rubio Pérez y a su entonces pareja por un delito continuado de estafa agravada con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada.

El TS, en una nota difundida este viernes, ha añadido que la resolución judicial estima parcialmente los recursos de casación interpuestos por los condenados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Logroño, que impuso a cada uno 6 años prisión, el pago de una indemnización de más de 1,3 millones de euros a los perjudicados, en concepto de responsabilidad civil por el delito de estafa agravado con la atenuante ordinaria de dilaciones indebidas.

La estimación obedece, en el caso de la exdecana y de su expareja, a que el Tribunal ha apreciado la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada, no la ordinaria, debido a que transcurrieron 8 años desde que se inició la investigación -2011- hasta que se celebró el juicio -2019.

En ese tiempo, la sentencia resume que hubo 2 años de actividad, 3 de inactividad y otros 3, aproximadamente, en los que se llevaron a cabo muy pocas actuaciones, todo ello entre periodos de inactividad de entre 5 y 9 meses.

Para la Sala, esa tardanza en ser juzgado ha de ser traducida en una compensación de la pena imponible, proporcional al tiempo transcurrido en exceso y, por tanto, indebidamente, añade la nota del TS.

Por otro lado, "la Sala estima también parcialmente los recursos de casación interpuestos por Rubiobat, S.L, y Rubio Mar y declara la responsabilidad civil subsidiaria de estas mercantiles", en lugar de la directa establecida en la sentencia recurrida, en caso de impago de la responsabilidad civil conjunta y solidaria de los condenados como autores de estos hechos.

Para el tribunal, en síntesis, la esencia de la estafa es que la expareja de Rubio constituyó las empresas “Rubiobat, S.L.” y “Rubiomar, SLU” y, en su calidad de administrador único, otorgó en ambos casos amplios poderes a María José Rubio Pérez, su compañera sentimental en esa época, psicóloga de profesión y decana del Colegio de Psicólogos de La Rioja.

Añade que a partir del año 2011, “cuando dicha acusada, con pleno conocimiento del recurrente, comenzó sus actividades defraudatorias, consistentes en generar error en determinadas personas, que pretendían adquirir viviendas que nunca estuvieron a su disposición para ser vendidas".

Cobraba por ello determinadas cantidades que eran ingresadas en las cuentas de las empresas de las que otra persona el único administrador y, por otro lado, la condenada, en garantía de tales fraudulentas operaciones, "entregaba a los compradores cheques y pagarés contra las empresas de Víctor Vaquero, que carecían de fondos o de cobertura”.

La sentencia explica que las cantidades defraudadas han sido acreditadas no solo mediante prueba documental, sino por la declaración de los perjudicados.

El modus operandi de la estafa se reducía a ofrecer en venta para inversión determinados pisos, salvo en un supuesto antes contemplado,  que lo era para ocupación.

A la recepción del dinero, se les ofrecía como “garantía”, una serie instrumentos de pago para proceder a su devolución, en caso de que “fallase” la operación, siendo así que todo era una superchería, y en realidad, la recurrente y el coacusado se hacían con el dinero a cambio del error originado por el engaño a los perjudicados, quienes se autolesionaban como consecuencia del error sufrido, ha detallado el Tribunal Supremo.

Y los hechos probados narran también, según la sentencia, que de todo este entramado delictivo, el recurrente “no sólo tenía pleno conocimiento, sino que aprobaba tales actos y se lucraba con ellos”.