Acepta 15 mes de cárcel por propagar odio con material neonazi

El Día
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El hombre, con domicilio en Villamediana, gestionaba un sistema de distribución discográfica y de merchandising relativo a grupos radicales de extrema derecha que incitaba al odio contra grupos por motivos antisemitas, ideológicos o religiosos

El juicio en la Audiencia Provincial se ha suspendido al alcanzarse un acuerdo de conformidad. - Foto: Europa Press

Un hombre acusado de propagar odio al distribuir música y material neonazi y de ultraderecha ha aceptado una condena de un año y tres meses de prisión - que se suspende con la condición de que no vuelva a delinquir durante este tiempo de condena-. Ha sido en un acuerdo de conformidad al que han llegado las partes en el juicio que se ha celebrado este lunes en la Audiencia Provincial de La Rioja. Se enfrentaba a cuatro años de cárcel por un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Por otra parte, también ha aceptado una condena de 4 años y 6 meses de inhabilitacion especial para profesión u oficio educativo en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre así como al pago de multa de 1.200 euros, informa Europa Press. 

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado -L.J.M., nacido en Vitoria en 1972 y con domicilio en la localidad riojana de Villamediana de Iregua- gestionaba "un sistema de distribución discográfica y de merchandising relativo a grupos radicales de extrema derecha, favoreciendo la provocación al odio y a la violencia contra grupos por motivos antisemitas, o referentes a su ideología, religión o creencias".

Así, prosigue la acusación, "en Internet, en distintos blogs relacionados con la extrema derecha violenta, en noviembre del año 2011 se anunciaba un CD recopilatorio denominado "Freedom" cuyos beneficios obtenidos por su venta de dedicarían íntegramente a la ayuda a personas
encarceladas afines a estos movimientos". El CD recopilatorio era comercializado por la distribuidora 'Heritage Distribution', que estaba dirigida por el acusado.

La distribución del CD a través de Internet, "de fácil acceso, constituye un medio idóneo para la propagación y difusión de ideas extremas y contrarias a grupos y colectivos, por motivos racistas, antisemitas, referentes a la ideología".

En concreto, la compra del CD se ofertaba con un texto en el que se solicitaba ayuda para cinco activistas de ultraderecha encarcelados de diversos países, cuyas fotografías aparecían igualmente en la carátula del disco, así como un texto con cada una de ellas en el que se explicaba las razones concretas de su entrada en prisión.

Entre ellos están P.V, "conocido activista de extrema derecha y propietario de la librería 'Europa' de Barcelona", condenado "por difusión de ideas genocidas"; J.E, en prisión por un asesinato "cometido con odio ideológico" en el metro de Madrid; H.M., "abogado alemán de ideas neonazis" que, entre otras cosas, "niega el Holocausto"; una idea por la que también está encarcelado G.H., escritor austríaco; misma nacionalidad que el ingeniero químico W.F., considerado "revisionista".

Además, todos los grupos que participan en el CD recopilatorio "comparten la misma ideología y visión radical de corte neonazi": 'MQP', con canciones en las que se identifican ideas ultranacionalistas, antiliberales, anticomunistas, antisemitas e islamófobas; 'Panzerjager', de origen francés radical "y afín a postulados de extrema derecha"; 'Kolovrat', la "banda de rock neonazi más famosa de Rusia"; o 'Brutal attack', igualmente "afín a postulados de extrema derecha".

En sus inicios, 'Heritage Distribution' habría empleado para sus actividades un apartado de correos fechado en Logroño y del que era titular el acusado. Publicitaba sus servicios en internet centrando su actividad en la distribución y venta de música de grupos internacionales, todos de corte neonazi, así como merchandising o revistas de la misma temática.

En 2012, el acusado cesó la actividad de esta distribuidora, borrando todo su rastro en redes, que sustituyó por la nueva marca 'Battle Sounds Distribution', que daba a conocer sus artículos a través de un blog con el mismo nombre, teniendo como contacto varias direcciones de correo electrónico a las que accedía tanto desde su domicilio en Villamediana de Iregua, como a través de diversos locutorios de Logroño.

Como consecuencia de sus actividades, entre 2010 y 2016, el acusado habría recibido en su cuenta bancaria hasta 830 transferencias por importe de más de 9.100 euros. Se especifica que muchas de sus cuentas de correo electrónico contienen el número 88 -acrónimo de HH, Heil Hitler-, 818 -HAH, Heil Adolf Hitler- o el 14, referencia al Ku Kux Klan, entre otras.

Una vez conocidas sus acciones, en junio de 2016 se practicó un registro en el domicilio, trasteros, garajes y vehículos usados por el acusado, en el que se encontraron un ordenador, libros con anotaciones sobre claves y páginas web, nombres y direcciones de hasta 200 personas a las que se habían realizado o se tenía pendiente de realizar envíos o camisetas con mensajes neonazis.

También se hallaron cartillas bancarias, resguardos de correos con diversos envíos, así como material para fabricar cientos de CDs, más de 100 camisetas con logos relacionados con el nazismo y la II Guerra Mundial y revistas y panfletos de ideología neonazi, ultraderechista o de supremacismo blanco.

Incluso, entre otro mucho y diverso material hallado en esos registros, se encuentran carátulas de CDs con imágenes de cadáveres de personas judías junto a militares de la Gestapo o soldados alemanes haciendo el saludo hitleriano, así como carcasas y envoltorios para preparar envíos de CDs, todo ello con contenido neonazi, antisemita, de supremacismo blanco o de ultraderecha.

Como conclusión, se indica que "los interlocutores del acusado son seguidores de la ideología nacionalsocialista, y el acusado, con el negocio de compra y venta de material diverso, divulga el odio hacia los judíos, entre otros, y hacia personas con ideoligía política comunista". Añade que los productos que comercializa el acusado a través de internet son todos de ideología neonazi.

Todo ello constituía un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas del artículo 510.1.3.5 del Código Penal, del que es autor el acusado, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.